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29 de abril de 2026
5 minutos de lectura

A estas alturas, la mayoría de las personas que dirigen una empresa en Europa han oído hablar del acrónimo NIS2. Otra cuestión es si han hecho algo al respecto.
La Directiva se está incorporando a la legislación nacional de los 27 Estados miembros, con algunos países a la cabeza y otros aún poniéndose al día. Pero la dirección no cambia: lo que antes eran orientaciones voluntarias sobre ciberseguridad ahora conlleva consecuencias legales, plazos definidos y, si eres directivo, responsabilidad personal.
A continuación, describo la ruta crítica hacia el cumplimiento de NIS2, para que pueda entender claramente cómo trabajar a través de esta complejidad.

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La Directiva NIS2 es la legislación emblemática de la UE destinada a mejorar el nivel básico de ciberseguridad.
En 2016, la UE publicó la primera Directiva SRI, que fue un buen comienzo, pero supuso un panorama de amenazas que ahora parece casi pintoresco. La NIS2 ha aprendido las lecciones de su predecesora y la ha sustituido por un marco más amplio con reglas uniformes en todos los países, normas más estrictas, más sectores cubiertos y sanciones lo suficientemente coherentes como para que no puedas buscar una jurisdicción indulgente.
Como resultado, las empresas de todos los Estados miembros ya no pueden tratar la ciberseguridad como una actividad de “mejor esfuerzo”. Deben avanzar hacia un marco jurídicamente vinculante con expectativas claras en torno a la resistencia, la notificación de incidentes y quién asume la responsabilidad si algo sale mal.

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Polonia aprobó su ley actualizada -modificaciones de la Ley del Sistema Nacional de Ciberseguridad- a principios de 2026. La estructura sigue la directiva de la UE, pero divide la supervisión de forma que refleje las disposiciones institucionales locales.
Por ejemplo, el CSIRT MON* supervisa las entidades relacionadas con la defensa; el CSIRT NASK** cubre las infraestructuras digitales críticas y la administración pública. Otros organismos sectoriales supervisan ámbitos como la energía, las finanzas, la sanidad y el transporte. Además, existe un registro central que documenta qué entidades están clasificadas como esenciales o importantes.
A partir de abril de 2026, el cumplimiento de los requisitos de información, los procedimientos de supervisión y los procedimientos de ejecución previstos en la legislación polaca es obligatorio.
El ámbito de aplicación es más amplio que antes. La clasificación depende de dos cosas: sector y tamaño, y va más allá de las infraestructuras críticas tradicionales.
La NIS2 distingue entre entidades esenciales, cuya interrupción tendría un gran impacto social o económico, y entidades importantes, donde el impacto sería significativo pero menos crítico.
Aunque no alcance los umbrales de tamaño, las autoridades pueden designarle como “esencial” o “importante” en función del impacto potencial de una interrupción de su servicio.
Con arreglo a la Directiva, se aplicará un planteamiento basado en el riesgo, lo que significa que las medidas que se adopten deberán ser proporcional al tamaño de su empresa y a las amenazas a las que puede enfrentarse. Suelen formalizarse a través de un sistema de gestión de la seguridad de la información (SGSI). Para ello, realizará las siguientes actividades:
Evalúe las lagunas de cumplimiento, implante controles y manténgase preparado para las auditorías con Innowise.
La UE exigió a los Estados miembros que transpusieran la Directiva antes del 17 de octubre de 2024. Algunos lo hicieron, mientras que otros no. Así que los plazos dependen ahora de dónde estés registrado, ya que se fijan a nivel nacional y varían según la jurisdicción.
Estos plazos son indicativos y pueden variar en función de cómo cada Estado miembro aplique y haga cumplir la NIS2 a nivel nacional, así que asegúrese de comprobar qué se aplica en su país.
Ahí es donde la cosa empieza a matizarse. La directiva establece un suelo y no un techo: Los Estados miembros deben establecer un nivel mínimo para las multas máximas, pero siempre pueden ir más allá si lo desean. En virtud del artículo 34, tienen que asegurarse de que las multas sean eficaces, proporcionadas y disuasorias. En lenguaje llano, lo suficientemente grande como para doler, justo en relación con lo que hiciste mal, y lo suficientemente grave como para que nadie lo mire y piense “vale la pena el riesgo”.”
La Directiva establece dos niveles para las multas máximas:
Para entidades esenciales
≥ 10 millones de euros
o el 2% de su volumen de negocios anual global, si esta cifra es superior
Para entidades importantes
≥ 7 millones de euros
o el 1,4 por ciento del volumen de negocios anual global, si esta cifra es superior
Para ver cómo funciona esto en la práctica, tomemos el ejemplo de Polonia. Su legislación refleja estos umbrales del NIS2. En el caso de las grandes organizaciones, se aplica el cálculo basado en el volumen de negocio, de modo que si usted ingresa 1.000 millones de euros en todo el mundo, el 2% equivale a 20 millones de euros. Para infracciones graves que amenacen la defensa nacional, la seguridad del Estado o la seguridad pública, la legislación polaca va más allá: multas de hasta 100 millones de zlotys (unos 23 millones de euros).
Una escala completamente diferente, ¿no? Así que no sólo las grandes empresas deben preocuparse por el porcentaje, sino cualquiera que esté en el sector equivocado.
Dos cosas han cambiado.
En primer lugar, la responsabilidad. Antes, si una empresa tenía una seguridad deficiente, la responsabilidad solía estar lo suficientemente repartida como para que ninguna persona se sintiera expuesta. Ahora, los consejos de administración son explícitamente responsables. Eso cambia la forma en que estas conversaciones se desarrollan internamente.
En segundo lugar, la escala. Miles de empresas polacas que nunca se habían enfrentado a auditorías obligatorias de ciberseguridad ahora sí lo hacen. Y las estrictas ventanas de alerta temprana de 24 horas y de notificación formal de 72 horas implican que es necesario disponer de supervisión y procesos antes de que ocurra algo.
Estudios Mostrar que aproximadamente la mitad de las pequeñas y medianas empresas tienen implantados controles de seguridad básicos, y cerca de la mitad han sufrido algún incidente en los dos últimos años. Estas cifras sugieren que muchas organizaciones parten con retraso.
* Equipo de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática del Ministerio de Defensa Nacional
** Equipo de Respuesta a Incidentes de Seguridad Informática operado por la Red Informática Académica y de Investigación, instituto nacional de investigación de Polonia.
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